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Provisión 1+1% en 2024

Este año se puede solicitar el 1+1% del impuesto sobre la renta hasta el 21 de mayo de 2024 como máximo, independientemente de la declaración.

Hasta la fecha indicada se puede donar el 1% del impuesto sobre la renta personal, pagado sobre la base imponible consolidada a una organización de la sociedad civil registrada, en este caso a VEHU (19155380-1-43), y otro 1% a una comunidad técnica religiosa [1] o al crédito presupuestario prioritario, que este año es el Programa Nacional de Talento.

La lista de organizaciones civiles elegibles y beneficiarias  está disponible aquí.

La lista de comunidades religiosas con derecho a ofrecerlo y la asignación prioritaria está disponible aquí.

Independientemente del método de declaración de impuestos, el 1+1% del impuesto se puede reclamar junto con la declaración de impuestos o por separado. La forma más sencilla de presentar la declaración es electrónicamente :

  • Completado en línea en la interfaz web de eSZJA.

  • ÁNYK, junto con la declaración, también ha rellenado su página EGYSZA

  • por separado, rellenando el formulario 23EGYSZA.

Podrá presentarse en papel por correo postal , o personalmente o por representante autorizado, en sobre cerrado en el servicio de atención al cliente de NAV. junto con la declaración del del impuesto sobre la renta personal,  también su formulario EGYSZA, en la declaración preparada e impresa con el programa de llenado de la interfaz e-SZJA, el formulario marcado 23EGYSZA o en la declaración con los mismos datos, y también entregado al empleador en sobre cerrado antes del 10 de mayo, si éste se compromete a recoger las declaraciones. La firma del donante deberá aparecer en el sobre donde se pega.


Si las declaraciones las presenta un representante del caso, deberá acompañarse también el poder.

La fecha límite del 21 de mayo de 2024 queda sin efecto. Esto significa que si alguien dispone del 1+1% de su del impuesto sobre la renta personal pagado después del 21 de mayo, su provisión no es válida y el retraso no puede excusarse con una solicitud de certificación.

A partir del 1 de enero de 2024, seguirán siendo válidas las ofrendas realizadas no solo a las comunidades religiosas, sino también a la asignación presupuestaria prioritaria (actualmente Programa Nacional de Talentos ) . Esto significa que en 2018 (para la asignación presupuestaria prioritaria en 2021) y años posteriores, el NAV tendrá en cuenta las declaraciones técnicamente correctas en 2024 y en adelante, siempre que el titular no presente una nueva declaración o una declaración anterior (documento).

A partir del 1 de enero de 2024, la declaración formal correspondiente realizada para el número técnico no podrá tenerse en cuenta, incluso si la persona física no ha presentado la declaración del impuesto sobre la renta personal antes del 20 de mayo del año siguiente al ejercicio fiscal - en el año de provisión 2024 por 21 de mayo de 2024 - declaración o renta gravable sujeta a consolidación que no surgió con base en la declaración presentada.

Al mismo tiempo, las declaraciones deben realizarse anualmente a favor de los beneficiarios civiles , ya que el NAV sólo puede tener en cuenta estas ofertas una vez, en el año de la provisión.

El titular del donativo del 1+1% puede decidir que el NAV comunique su nombre e información de contacto al beneficiario civil designado [VEHU]. La facilitación de estos datos y el consentimiento al tratamiento de los datos es voluntaria, por lo que no es condición para su válida prestación.

A partir de enero de 2024, el titular también podrá consultar en la web del NAV si el beneficiario designado este año se ha beneficiado del importe ofrecido. Si dispone de un sistema de almacenamiento electrónico, NAV también le informará electrónicamente sobre la asignación del importe ofrecido.

[1] CCVI de 2011 sobre el derecho a la libertad de conciencia y de religión y el estatuto jurídico de las iglesias, denominaciones religiosas y comunidades religiosas. comunidad religiosa basada en el artículo 7 de la ley: la asociación religiosa, la iglesia registrada, la iglesia registrada y la iglesia establecida.

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